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La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción contra cinco funcionarios de la Secretaría de Tránsito de Bogotá por omitir la señalización de un tramo vial peligroso donde murieron dos personas en accidentes sucesivos. La omisión, frente a un riesgo ya conocido, fue calificada como falta gravísima a título de dolo.
El 20 de abril de 2004 ocurrió un accidente fatal en la Avenida Ciudad de Cali con Avenida de las Américas por falta de señalización. Los funcionarios encargados de la seguridad vial del Distrito no adoptaron medida alguna. Ocho días después, un segundo accidente en el mismo punto cobró otra vida.
Los recurrentes alegaron prejuzgamiento y violación del derecho de contradicción. La Procuraduría respondió que el prejuzgamiento como causal impeditiva se origina en actuaciones extraprocesales, no en afirmaciones dentro del auto de cargos, como lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia.
La falta se calificó como gravísima a título de dolo porque los funcionarios conocieron el riesgo tras el primer accidente y conscientemente no actuaron. La omisión de señalización en esas condiciones constituyó violación sustancial del deber funcional. La Procuraduría confirmó la destitución e inhabilidad de los responsables.
